Vista la solicitud presentada por la Universidad Nacional de Río Cuarto (UNRC) ante el Comité Ejecutivo del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) de la República Argentina, como así también la carta elevada al gobernador de la provincia de Córdoba, el doctor José Manuel de la Sota, por los rectores de las Universidades públicas nacionales de Córdoba (UNC), Río Cuarto, Villa María (UNVM) y decanos de Facultades de la Universidad Tecnológica Nacional (UTN), queremos manifestar la profunda preocupación por las decisiones tomadas por el gobierno de dicha provincia que se traducen en la decisión unilateral de la rescisión del convenio de utilización conjunta del inmueble e infraestructura entre la EPEC y ARSAT para la instalación y habilitación de una planta transmisora de Televisión Digital Terrestre en la ciudad de Río Cuarto, como en las Resoluciones del secretario de Ambiente del Ministerio de Agua, Ambiente y Energía de la provincia de Córdoba, por medio de la cual se ordenó el cese de las operaciones en las plantas transmisoras de televisión digital en las localidades de Villa María y Leones.

Las Universidades nacionales en conjunto con amplios sectores de la sociedad civil de la Nación, organizaciones de trabajadores, organizaciones sociales, radios y medios comunitarios, organismos de derechos humanos,  entre otros, contribuimos a la generación del colectivo denominado “21 Puntos Básicos Para una Nueva Ley de Radiodifusión Democrática” que constituyó un aporte fundamental en la sanción de la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual, instrumento para la concreción de una transformación de la matriz de la comunicación audiovisual en la Argentina en orden a principios democráticos, federales y de participación ante el paradigma de concentración monopólica que caracterizó al sector durante las últimas décadas.

En este sentido, la implementación de la televisión digital en la Argentina constituye una de las herramientas tecnológicas fundamentales para brindar condiciones para el cumplimiento de la ley, fundamentalmente al cambiar el rol de la población a quien de ser destinatario de un servicio comercial se lo considera titular de un derecho al cual poder acceder de manera gratuita, en particular a los sectores más postergados de la comunidad, para quienes existen políticas activas en la entrega de los dispositivos para permitir su efectivo acceso. Asimismo, la implementación de la TDA posibilitó la efectiva titularidad de señales por parte de las Universidades nacionales, derecho consagrado por la referida Ley 26.522.

La decisión tomada por el Gobierno provincial implica directamente imposibilitar a miles de cordobesas y cordobeses acceder al derecho que le asigna la Ley 26.522 y a las Universidades nacionales hacer uso efectivo de las señales asignadas bajo su titularidad por el Gobierno nacional, al impedir los recursos tecnológicos para su emisión como así también la difusión de contenidos producidos por más de 50 Universidades e Institutos universitarios públicos nacionales para el banco de Contenidos Universales Audiovisuales (BACUA) en el marco del convenio entre el Consejo Interuniversitario Nacional y el Ministerio de Planificación Federal a través del Consejo Asesor para la Televisión Digital Terrestre. En este sentido se vulnera uno de los derechos humanos fundamentales que es el de la comunicación.

Si bien la Justicia en el día de ayer indicó suspender las clausuras realizadas por el Gobierno de la provincia de la antenas de la televisión digital abierta de las localidades cordobesas de Villa María, Leones, Malagueño y Villa Dolores, haciendo lugar a la cautelar presentada por el titular de la Autoridad Federal de Comunicación de Servicios Audiovisual (Afsca), todavía subsiste la problemática en Río Cuarto.

Exhortamos al Gobierno de la provincia de Córdoba a la pronta y efectiva revisión de la medida de tal modo de darle plena vigencia a los derechos que se ven afectados en la ciudad de Río Cuarto, donde se encuentra ubicada la Universidad Nacional de Río Cuarto.

14 de febrero de 2013

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