Ganancias de cuarta categoría 2021: se puede informar el pago a cuenta por compra de dólares

La AFIP habilitó dentro del Sistema web “SIRADIG-Trabajador” la posibilidad de computar como pago a cuenta del 35% las percepciones del impuesto a las ganancias o del impuesto sobre los bienes personales efectuadas durante el año 2021 sobre las operaciones alcanzadas por el impuesto país.

La resolución general (AFIP) 4815 establece un régimen de percepción aplicable sobre las operaciones alcanzadas por el “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)”.

Es importante recordar que los pagos a cuenta son computables en la liquidación anual o final, de corresponder, por lo que en esta fecha es importante declarar las percepciones sufridas durante el 2021, que podrán ser ingresadas al sistema hasta el 13/4/2022.

Dentro del sistema “SIRADIG-Trabajador”, en el rubro 4 del mismo “Agregar Retenciones/Percepciones/Pagos a Cuenta”, se debe elegir alguna de las siguientes opciones:

  • Compra de billetes y divisas en moneda extranjera (RG 4815/2020 – L. 27541 – art. 35 inc. a)
  • Percepciones mediante la utilización de tarjetas de crédito, compra y débito para bienes o servicios efectuados en el exterior (RG 4815/2020 – L. 27541 – art. 35 inc. b)
  • Percepciones mediante la utilización de tarjetas de crédito, compra y débito para el pago de servicios prestados por sujetos no residentes (RG 4815/2020 – L. 27541 – art. 35 inc. c)
  • Percepciones efectuadas por agencias de viajes y turismo (RG 4815/2020 – L. 27541 – art. 35 inc. d)
  • Percepciones efectuadas por servicios de transporte terrestre, aéreo y por vía acuática, de pasajeros con destino fuera del país (RG 4815/2020 – L. 27541 – art. 35 inc. e)