La medida está en sintonía con una ley nacional (sancionada para el sector académico. La norma, además, prevé una prórroga de cinco años para extender la labor universitaria una vez cumplidos los 65 años de edad. El Consejo Superior dictó una resolución que especifica el procedimiento.

Las autoridades de la Universidad Nacional de Formosa (UNaF) precisaron que intimarán a jubilarse a los miembros del plantel docente que reúnan las condiciones para hacerlo, tal como lo exige el artículo 1° de la Ley Nacional de Beneficios Jubilatorios de los Docentes Universitarios N° 26.508.

Desde la Dirección de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Gerencia y Desarrollo de la UNaF, recordaron que una resolución del Consejo Superior de la casa de estudios deja las indicaciones para que esta cartera realice un relevamiento de los docentes que están en esas condiciones y se los notifique de su situación.

Según la normativa nacional, el docente para poder acogerse a los beneficios jubilatorios deberá tener 25 años de servicios académicos, “de los cuales 10 como mínimo (tendrán que ser) continuos o discontinuos al frente de los alumnos”.

Por otro lado, la misma ley señala que otro de los requisitos para ingresar al régimen es tener 65 años de edad en el caso de los hombres, y 60 para las mujeres.

Sin embargo, “en ambos casos —continúa la norma-, ante la intimación del empleador, cualquiera fuere, los docentes universitarios podrán optar por permanecer en la actividad laboral durante cinco años más después de los 65 años”.

No obstante, los académicos, para hacer uso de este último derecho, deben comunicarlo por escrito con un mes de anticipación, luego de haber sido notificados de la intimación para que se jubilen.

Qué dice el Consejo Superior

Por su parte, y para eliminar cualquier tipo de dudas, el Consejo Superior de la UNaF (HCS) dictó la Resolución N° 0143/11, con fecha 26 de octubre de 2011, donde estableció, en su artículo 2°, que “la opción —de estirar cinco años más la función académica- se ejercerá por escrito en un plazo de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación; y en el caso que no la hiciere, una vez vencido el plazo, se entenderá que ha decidido acogerse a la jubilación, y la Universidad pondrá a disposición la certificación de servicios para que el docente usufructúe este beneficio”.

En tanto, los docentes que tengan concurso vigente, podrán ejercer la misma opción que les brinda Ley Nacional N° 26.508 al resto de los docentes universitarios, y dicha elección deberá ser confirmada como los casos anteriores.

Por ello, la Dirección de Recursos Humanos de la Secretaría General de Gerencia y Desarrollo de la UNaF intimará a todos sus académicos que hayan cumplido 70 años de edad para que inicien el trámite de acogimiento de los beneficios jubilatorios, tal como lo expresa el artículo 4° de lo dictaminado por el Consejo Superior.

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