El Centro de Docentes Universitarios de Formosa (CEDUF) emitió un comunicado a propósito de la resolución tomada por la Junta Electoral Permanente de la Universidad Nacional de Formosa (UNaF), que discrimina a los docentes, impidiéndoles ejercer su derecho al voto.

Según expresaron, “Desde CEDUF, el gremio con mayor representación docente en el ámbito de la UNaF, manifestamos nuestro rechazo a la resolución numero 64/21 de la Junta electoral permanente, y expresamos nuestra profunda preocupación ante una norma que constituye un ataque al gobierno democrático de la Universidad y cercena los derechos de los docentes”.

“Esta resolución arbitraria excluye del padrón del claustro docente, y, en consecuencia, inhabilita a un amplio número de docentes interinos a participar en la elección de sus representantes en el Consejo Superior y en el Consejo Directivo, en un accionar que atenta contra la libertad de elegir y participar en la vida democrática de la UNaF. La implementación de lo dispuesto por esta resolución implica la exclusión de los docentes en la participación de las elecciones y el desconocimiento de un derecho adquirido. Indudablemente, todo ello redundará en la conformación de un gobierno universitario en base a una democracia restringida, es decir, circunscripta a las decisiones e intereses mezquinos de una minoría deseosa de poder”.

“De acuerdo a los datos extraídos del último informe de Evaluación interna de la CONEAU (2013: 72) menos del 25% del plantel docente ha accedido a su cargo por concurso. Una minoría a la que la norma expedida por la Junta electoral permanente y sus noveles integrantes (Miguel Ferreyra, Domingo Bogado y Patricia López), otorga el “privilegio” de elegir las autoridades, excluyendo, a más del 75% de los docentes interinos a participar de los actos eleccionarios”.

“Asimismo, esta norma discriminatoria, desconoce lo establecido en el Convenio Colectivo de Trabajo, que en su artículo 23 establece: “los signatarios se comprometen a eliminar cualquier norma, medida o práctica que pudiera producir arbitrariamente un trato discriminatorio o desigual fundado en razones políticas, gremiales, de género…. como así también respecto a cualquier otra acción, omisión, segregación, preferencia o exclusión que menoscabe o anule la igualdad de oportunidades y de trato, tanto en el acceso al empleo como durante la vigencia de la relación laboral.” (énfasis nuestro). Por su parte, el artículo 73, determina en relación a la situación de los docentes interinos: “Las Instituciones Universitarias Nacionales a través de la Comisión Negociadora de Nivel Particular, dispondrán los mecanismos para la incorporación a carrera docente de los docentes que revistan como interinos y que a la firma del presente convenio tengan cinco años o más  de antigüedad, no se podrá modificar en detrimento del docente, la situación de revista y o condiciones de trabajo por acción u omisión” (énfasis nuestro)”.

“Por otra parte, si bien la Ley de Educación Superior establece en su artículo 55 que los representantes de los docentes, que deberán haber accedido a sus cargos por concurso, serán elegidos por docentes que reúnan igual calidad; en relación al ingreso a la carrera docente, la ley establece en el artículo 51 que los docentes designados por concurso deberán representar un porcentaje no inferior al setenta por ciento (70 %) de las respectivas plantas de cada institución universitaria (énfasis nuestro)”.

“Actualmente, la UNaF posee 1289 cargos docentes, de los cuales solo 320 son cargos docentes ordinarios, es decir menos del 25% del plantel docente. Llamativamente, esta situación es ignorada por la junta electoral permanente, quien además se toma atribuciones que exceden a sus funciones”.

“En este marco, es necesario recordar y respetar lo establecido por el reglamento electoral de la UNaF, que en su artículo 1 establece:” para proceder a la elección de los representantes docentes del consejo superior  y de los consejos directivos de las distintas Facultades, la Universidad elaborará un Padrón de Profesores y otro de Auxiliares de la Docencia por facultades y uno general de la Universidad, los que estarán integrados por profesores y auxiliares por concurso vigente e interinos y contratados con una antigüedad continuada de DOS (2) AÑOS  en la docencia en la UNaF  anteriores a la fecha del llamado a elecciones. El voto es obligatorio para todos los docentes inscriptos en el Padrón respectivo”.

“Por los argumentos expuestos, por las leyes mencionadas, dejamos sentada nuestra postura y nos oponemos rotunda y categóricamente a esta medida restrictiva e impopular. Este avasallamiento a los derechos políticos participativos de los docentes no admite silencios cómplices. Por esa razón, convocamos a los demás gremios docentes, y a la comunidad universitaria en general a defender el derecho al voto y la democracia universitaria”.